Economía

La Audiencia de Madrid confirma indemnización de 49.011 euros a un restaurante

La Audiencia Provincial de Madrid confirma la condena a una comunidad de propietarios para indemnizar con 49.011,97 euros a un restaurante tras 47 días de cierre por roturas en la red de saneamiento.

La Audiencia de Madrid confirma indemnización de 49.011 euros a un restaurante

La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado la condena impuesta a una comunidad de propietarios para que indemnice con 49.011,97 euros a un restaurante situado en el mismo edificio. El local tuvo que cerrar durante 47 días debido a unas obras urgentes en la red de saneamiento, provocadas por grietas y hundimiento del suelo. Esta resolución desestima el recurso presentado por los vecinos contra la sentencia inicial dictada en marzo de 2025 por la Sección Civil del Tribunal de Instancia de Madrid, que ya ordenaba el pago de dicha cantidad.

Gastos fijos asumidos con ahorros personales

El juez señala que durante los 47 días de inactividad, los hosteleros debieron sufragar con sus propios ahorros los gastos fijos del negocio para mantenerlo preparado para su explotación posterior. Estos costes incluyeron la luz, alimentos, bebidas, alquiler del local, cotizaciones a la seguridad social, vigilancia y pólizas de seguros. El tribunal considera razonable esta indemnización porque los titulares carecieron de ingresos y recurrieron a su patrimonio particular para hacer frente a estos pagos.

Concepto Detalle
Indemnización total 49.011,97 euros
Duración del cierre 47 días
Causa principal Rotura de la red de saneamiento
Fecha de primera instancia Marzo de 2025

La sentencia reprocha abiertamente a los vecinos la falta de diligencia, dado que la antigüedad del edificio exigía una comprobación más rigurosa del estado de la red antes de llegar a tal deterioro. Los propietarios no realizaron las inspecciones necesarias para prevenir la rotura que obligó al cierre prolongado del establecimiento. Esta negligencia administrativa resultó en una pérdida económica directa que la comunidad ahora debe cubrir íntegramente.

Posibilidad de recurso ante el Supremo

La decisión judicial establece que la sentencia puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, lo que mantiene abierta la vía legal para los propietarios del edificio. Sin embargo, hasta que se resuelva ese posible recurso, la obligación de pagar los 49.011,97 euros sigue vigente y vinculante para la comunidad. El caso subraya la responsabilidad legal de las comunidades de propietarios en el mantenimiento preventivo de las instalaciones comunes.